Unitat dependent EPIKEIA

Tags: 3ª Convocatoria


Càritas Diocesana Menorca

Servicio de Unidad Dependiente vinculada al Centro Penitenciario para atender a los presos con residencia en Menorca que han obtenido el régimen de tercer grado penitenciario. Con este servicio, por un lado, se pretende crear una alternativa al cumplimiento de la pena y, por otro lado, posibilitar una mejor inserción familiar, laboral y comunitaria a estos presos.

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El Reglamento Penitenciario define en sus artículos 80,165 hasta 167 y 180 el concepto y el marco legal en que se desarrolla el proyecto de la Unidad Dependiente. La Unidad Dependiente queda definida como “una instalación residencial situada fuera del recinto penitenciario y incorporada funcionalmente a la Administración Penitenciaria, mediante la colaboración de entidades públicas o privadas previstas en el artículo 62 de RP, para facilitar el cumplimiento de los objetivos específicos de tratamiento penitenciario de internos clasificados en tercer grado”.

El piso está ubicado en Mahón. Allí los presos podrán moverse con libertad, sin ser identificados, lo que les permitirá una mejor calidad de vida y que puedan llevar una existencia lo más normalizada posible.

La responsabilidad de la Unidad Dependiente respeto al establecimiento de funcionamiento corresponde a la institución Penitenciaria, ya que la Unidad estará sujeta a la reglamentación y normativa de este régimen y depende orgánica y administrativamente del Centro Penitenciario, asumiendo el control y seguridad de la misma.

El equipo de tratamiento del Centro Penitenciario elaborará los criterios de inclusión de los internos a la Unidad Dependiente. También decidirá lo que procede en caso de incumplimiento de normas, o evolución desfavorable, previo informe del personal del Centro Penitenciario responsable de la Unidad Dependiente y de la trabajadora social de Caritas de la Unidad Dependiente.